Lunes, 30 Mayo 2011 05:07

¿Qué pitos toca el Consejo Superior de Educación?

Dicen altos funcionarios públicos, incluidos algunos quienes han estado en la Presidencia de la República, que este país es ingobernable. Ciertamente, y no pocas veces, pareciera como que nadie gobierna en Costa Rica pero no tanto porque no puedan cumplir con sus responsabilidades públicas, sino simplemente porque algunos funcionarios públicos hacen caso omiso de ellas y sobretodo del ordenamiento jurídico, incluida la misma Constitución Política, que los faculta y empodera para actuar con propiedad y autoridad, sin embargo, no lo hacen y se prefiere buscar alternativas parches, en vez de soluciones integrales.
Muchos ejemplos confirman lo anterior pero por razones de espacio, veremos solo uno, del cual incluso ya hice un comentario anterior y es sobre el SINAES, Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior. Un ente adscrito al Consejo Nacional de Rectores, CONARE y no al Consejo Superior de Educación.
El 22 de abril del 2002, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Nº 8256, avalada por el Presidente de la República y el Ministro de Educación Pública, en mayo de ese mismo año. Esta Ley le confiere al SINAES la categoría de órgano de interés público, cuya misión primordial es acreditar, con carácter oficial, las carreras y programas universitarios que cumplan con los requerimientos de calidad que establezca el SINAES.
Lo anterior, pareciera evidenciar una usurpación de deberes por parte del SINAES pues conforme lo establece el artículo 81, de la Constitución Política, es el Consejo Superior de Educación, el Órgano de carácter Constitucional responsable de orientar y dirigir desde el punto de vista técnico, los diferentes niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo Costarricense.
La calidad de nuestra educación debe ser solo una, la mejor.
Por lo tanto, es ese Órgano Constitucional el que tiene el deber irrenunciable de definir la política educativa, evaluarla y promover cambios pertinentes para el mejoramiento de la Calidad, la Equidad y la Eficacia de la Educación en sus diferentes niveles, ciclos y modalidades. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 8798, el Estado costarricense y sus instituciones, deben procurar la contratación de los graduados de carreras cuya calidad está respaldada por el SINAES.
Ese artículo 4 de la citada ley, señala una evidente discriminación entre las y los graduados de los centros de educación superior, que no gocen sus carreras de la acreditación del SINAES; aunque si están autorizadas por el Consejo Superior de Educación. Esto además pareciera muy difícil de sostener constitucionalmente, porque tal como lo establece el artículo 81, de la Constitución Política, es el Consejo Superior de Educación, es el único al que le compete garantizar la calidad, la equidad y la eficacia de nuestra educación superior y no al SINAES.  Y si es que este Consejo no cumple que con sus obligaciones constitucionales, que entonces de acuerdo a la ley, que se sancione a sus integrantes, por incumplimiento de deberes pero dejemos ya de crear más burocracia, que solo complica la ya muy enmarañada gestión pública.
Por ese tipo de inconsistencias, es que este país se ha vuelto ingobernable.
Dicen altos funcionarios públicos, incluidos algunos quienes han estado en la Presidencia de la República, que este país es ingobernable. Ciertamente, y no pocas veces, pareciera como que nadie gobierna en Costa Rica pero no tanto porque no puedan cumplir con sus responsabilidades públicas, sino simplemente porque algunos funcionarios públicos hacen caso omiso de ellas y sobretodo del ordenamiento jurídico, incluida la misma Constitución Política, que los faculta y empodera para actuar con propiedad y autoridad, sin embargo, no lo hacen y se prefiere buscar alternativas parches, en vez de soluciones integrales.
Muchos ejemplos confirman lo anterior pero por razones de espacio, veremos solo uno, del cual incluso ya hice un comentario anterior y es sobre el SINAES, Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior. Un ente adscrito al Consejo Nacional de Rectores, CONARE y no al Consejo Superior de Educación.
El 22 de abril del 2002, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Nº 8256, avalada por el Presidente de la República y el Ministro de Educación Pública, en mayo de ese mismo año. Esta Ley le confiere al SINAES la categoría de órgano de interés público, cuya misión primordial es acreditar, con carácter oficial, las carreras y programas universitarios que cumplan con los requerimientos de calidad que establezca el SINAES.
Lo anterior, pareciera evidenciar una usurpación de deberes por parte del SINAES pues conforme lo establece el artículo 81, de la Constitución Política, es el Consejo Superior de Educación, el Órgano de carácter Constitucional responsable de orientar y dirigir desde el punto de vista técnico, los diferentes niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo Costarricense.
La calidad de nuestra educación debe ser solo una, la mejor.
Por lo tanto, es ese Órgano Constitucional el que tiene el deber irrenunciable de definir la política educativa, evaluarla y promover cambios pertinentes para el mejoramiento de la Calidad, la Equidad y la Eficacia de la Educación en sus diferentes niveles, ciclos y modalidades. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 8798, el Estado costarricense y sus instituciones, deben procurar la contratación de los graduados de carreras cuya calidad está respaldada por el SINAES.
Ese artículo 4 de la citada ley, señala una evidente discriminación entre las y los graduados de los centros de educación superior, que no gocen sus carreras de la acreditación del SINAES; aunque si están autorizadas por el Consejo Superior de Educación. Esto además pareciera muy difícil de sostener constitucionalmente, porque tal como lo establece el artículo 81, de la Constitución Política, es el Consejo Superior de Educación, es el único al que le compete garantizar la calidad, la equidad y la eficacia de nuestra educación superior y no al SINAES.  Y si es que este Consejo no cumple que con sus obligaciones constitucionales, que entonces de acuerdo a la ley, que se sancione a sus integrantes, por incumplimiento de deberes pero dejemos ya de crear más burocracia, que solo complica la ya muy enmarañada gestión pública.
Por ese tipo de inconsistencias, es que este país se ha vuelto ingobernable.