Miércoles, 20 Agosto 2014 08:36

El “desveto” del Presidente Solís es inconstitucional

La decisión del presidente Solís de “retirar” el veto a un ley que lo había sido, desde la administración del presidente Arias es un error, desde muchos puntos de vista (autonomía municipal, principio de seguridad jurídica, entre otros).

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La “ley” “desvetada” es la que cede una calle pública, la 13, en San José, a vendedores de artesanías.
No obstante, limitaré mi opinión a lo que, para mí, como ciudadano y abogado, es un adefesio jurídico.
Los constituyentes del 48 definieron claramente que ante una ley aprobada por la Asamblea Legislativa, el presidente en ejercicio puede “prohibirla” por razones de legalidad u oportunidad. En palabras sencillas, no la sanciona; la prohíbe.
Esa es la técnica legislativa que se estableció y nadie, ni el presidente de la República, puede arrogarse funciones que no tiene, de acuerdo al principio de legalidad, que determina que los funcionarios sólo pueden hacer o dejar de hacer aquello que expresamente les está permitido por ley.
Si en una legislatura se aprobó esa normativa y el entonces presidente en ejercicio decide negarle el “ejecútese” a ésta, se devuelve, con los fundamentos de la decisión, en un período que se establece en la Carta Magna y si los diputados insisten en aprobarla, a pesar de la decisión presidencial, procede lo que se conoce como “resello” legislativo, que igual tiene un plazo constitucional.
De no resellarse, debe archivarse y si en otra legislatura se quiere retomar la iniciativa, por el fondo, de lo que nunca fue ley, debe empezar, como cualquier otro proyecto, y de acuerdo a las reglas de creación de las leyes, con el trámite de comisión, puesta a despacho, etc., pues aquella nunca nació a la vida jurídica.
Si la ley que vetó el entonces presidente hace 7 años no fue resellada, se debe considerar archivada, definitivamente. No hay otra interpretación que, con violación a la Constitución Política pueda echarse mano, así sea que haya un resolución de la Sala IV, que, en mi opinión, tampoco es constitucional.
Ni el presidente de la República, niningún funcionario de otro Poder del Estado, ni la mismos magistrados de la Sala Constitucional pueden estar por encima de la Carta Política que juraron respetar cuando asumieron sus cargos.