Martes, 02 Abril 2013 05:58

DECISIÓN 2014: Registro Civil 2

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Ayer analizábamos que nuestro país tiene integrado el padrón electoral y el registro civil.
De esta manera el Tribunal Supremo de Elecciones costarricense ofrece una garantía de que las elecciones locales y nacionales cuentan con un depurado padrón y que no hay injerencia del poder político respecto a determinar quién vota.

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Amplía Luis Diego Brenes Villalobos Asesor De La Gestión Política, Tribunal Supremo de Elecciones.
INSERCION: esta es una de las principales, sino la primera de las garantías para un posterior proceso electoral, de manera que esas tradicionales tareas registrales que en otros países normalmente se le daban al poder ejecutivo, aquí son del poder electoral, y depurar el padrón registro respecto de quienes votan, cómo votan incluso el mismo día de la junta es uno de los principales aspectos cuando hablamos de logística electoral reducir lo que es el abstencionismo en el sentido técnico.
El abstencionismo técnico está vinculado a la logística electoral, es decir, se produce en virtud de problemas tanto en la adecuada identificación de los electores.
Así como, en la confiabilidad del padrón o la localización, apertura y funcionamiento eficiente y sin interrupciones de los centros de votación durante la jornada electoral; entre otros factores que, de toda suerte, son ajenos a la realidad costarricense, gracias precisamente a lo que explicaba Luis Diego Brenes.
Lo que sí debe quedar claro es que las tareas registrales que tiene el Tribunal Supremo de Elecciones, desde hace décadas, son parte de las garantías que ofrece nuestra democracia en materia electoral y que así han sido valoradas a nivel internacional.
La próxima semana, volveremos con más de Decisión 2014, un espacio dedicado a informar y analizar los procesos electorales que se avecinan, así como para comprender como funciona nuestro sistema democrático.