El principio de autoridad, por cierto, muy venido a menos en los últimos tiempos, aparentemente, no solo es agredido por individuos, sino ahora también en las universidades públicas. Esto fue evidente cuando un grupo de algunas y algunos estudiantes y dirigentes universitarios de la Universidad de Costa Rica, impidieron a las autoridades constituidas cumplir con su deber de detener a un sospechoso de haber cometido un ilícito, cuando era imperativo detenerlo sin dilación, para que no destruyera la prueba que lo inculpaba. Lo que según oí en algún medio de comunicación social, al final, el sospecho logró hacer, a gracias a la intromisión universitaria. Obstruyéndose así a la Justicia.
La razón para el actuar universitario, según lo dicho por las y los involucrados directos en el enfrentamiento con la policía, incluida la señora Rectora, fue la defensa del principio de Autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política, el cual se refiere a la Administración y Gobierno de las universidades públicas. Sin embargo, según lo han explicado, en los medios de comunicación social, algunos especialistas en Derecho Constitucional consultados, esa prerrogativa constitucional, nunca es una limitación al imperio de la ley en los campus de los centros universitarios públicos.
Casi todas y todos los costarricenses, en algún momento o varios momentos de nuestras vidas, hemos jurado defender la Constitución y nuestras leyes, juramento que, sin duda, alcanza a los altos dirigentes de las universidades públicas, profesoras, profesores y a sus estudiantes.
Por lo tanto, es de vital importancia aclarar los alcances y límites, al principio de la Autonomía Universitaria Pública. En nuestra opinión, los primeros llamados a llevar luz a este delicado asunto para bien y el respeto del imperio de la ley en Costa Rica, es la misma Facultad de Derecho de la propia Universidad de Costa Rica, representada por su máxima autoridad. Otra entidad que creo debe pronunciarse oficialmente, al respecto de ese tema, es el Colegio de Abogados y Notarios, a quien el Estado le ha confiado velar por el recto ejercicio de sus profesionales pero también la debida salvaguarda de la institucionalidad y las leyes. Y en última instancia y además con fuerza de ley, por su competencia jurídica, la que debería aclarar con transparencia meridiana los alcances y limitaciones del principio de la Autonomía de las universidades públicas, es la Sala Constitucional.
Es muy importante para la estabilidad institucional, para el respeto del imperio de la ley y el principio de autoridad y seguridad jurídica que se diga clara y delimitadamente qué se debe entender por Autonomía de las universidades públicas. Esto sin duda también contribuirá muchísimo a nuestra paz social.