A cinco años del asesinato de la periodista Ivannia Mora Rodríguez hay gran preocupación por la impunidad en que, por el transcurso del tiempo, ha de quedar este homicidio.
Es claro que en un país, como el costarricense, en el que impera en su ordenamiento jurídico una serie de principios que dan sustento constitucional al derecho de obtener JUSTICIA para todos, lo que ha sucedido, con la investigación de esta muerte, causa, además de consternación, molestia e impotencia de que nunca se sabrá la VERDAD.
La IMPUNIDAD en este caso será, precisamente, la AUSENCIA DE JUSTICIA por parte del sistema que debe procurarla.
Por eso, cuando el Tribunal de Juicio dictó sentencia absolutoria contra los, entonces, imputados, basado en que en el proceso hubo vicios y errores, según se dijo, “garrafales”, era más que motivo suficiente para que la Corte ordenara una exhaustiva investigación de lo que “salió mal” y que evitó la falta de certeza de quién mató a esta periodista.
En mi personal criterio, cuando se dictan absolutorias por “errores procesales”, antes que por razones de fondo, o se echa mano al principio jurídico del “in dubio pro reo”, al existir duda ante la culpabilidad de los imputados, habría que verificar si, en puridad del principio, esa duda es “razonable” o si, por el contrario, resulta la excusa perfecta para encubrir descuidos en la recavación de la prueba o la debida diligencia en corregir pasos procesales defectuosos, pues se estaría, sin duda, ante posibles malas praxis judiciales.
Ya el sicariato se entronizó en nuestro país. Tal los casos, perpetrados en los últimos meses, por aparentes razones de narcotráfico, pero también, como en el caso de la periodista Mora, contra quienes ejercen el legítimo y sagrado derecho de expresión, acallándolos con la bala mortal de quien mata o quien manda a hacerlo, aprovechando la negligencia o impericia de funcionarios policiales o judiciales, pues en tal estado de ineptitud funcional les garantizará que quedarán impunes.
El tema de la impunidad, en general, es algo que debe enfrentarse con seriedad y ver el tema con sumo cuidado pues a cómo van otros procesos se podría estar frente a similares casos de impunidad en el asesinato de quienes sólo ejercen la libre expresión que nos garantiza nuestra Carta Magna.
Bien lo ha dicho la Sala Tercera Penal ( S.# 412, 10-5 2006), citando lo resuelto por la Sala Constitucional ( S. # 1739-92, del 1° de julio de 1992) : “Supuesto que la finalidad del procedimiento es ante todo la averiguación real de los hechos, tanto el Ministerio Público como el juez tienen el deber de investigar esa verdad objetiva y diligentemente, sin desdeñar ningún medio legítimo de prueba, sobre todo si ofrecida por la defensa no resulta manifiestamente impertinente, e inclusive ordenando para mejor proveer la que sea necesaria, aun ofrecida irregular o extemporáneamente. En materia penal todo se puede probar y por cualquier medio legítimo…”.
Yo, que me dedico a expresarme públicamente, me preocupa, así como también a todos los demás colegas comentaritas, que, de ser víctimas de tan vil acto, como le sucedió a Ivannia Mora, quienes la provocaron nunca paguen, justamente, por un hecho tan atroz.