Esta nueva alternativa se da por lo indicado en el Código Electoral del año 2009, en su artículo 187, en el cual se declara el derecho al voto en el exterior, pero solamente para elegir al presidente, vicepresidentes y referéndum a escala nacional.
Los requisitos que deben los ticos residentes en el exterior son: contar con cédula de identidad y haberse empadronado previamente.
Amplía Paola Alvarado, encargada del programa voto costarricense en el extranjero del Tribunal Supremo de elecciones.
INSERCIÓN: “Esto lo hace aquí viniendo al Tribunal Supremo si es que está por acá, y hace un trámite de cambio de domicilio, estando allá afuera pues en los consulados, acercarse al consulado y hacer el cambio de domicilio también para ello necesitarían en el caso del consulado llevar dos fotografías tamaño pasaporte con fondo azul o celeste. Y estamos en una tercera opción que esperamos que este muy pronto disponible para el público que es un traslado electrónico en nuestra página web”.
Para las elecciones del próximo año, el Tribunal Supremo de Elecciones habilitó 54 consulados, donde los costarricenses pueden votar, en el caso de Estados Unidos por la cantidad de ticos que hay, unos 1600, se habilitarán centros alternos en Miami, New York y los Ángeles.
En la mayoría de consulados será por medio del voto electrónico, donde los ciudadanos votarán en una tablet, la persona encontrará una papeleta digital, escogerá a su candidato y el sistema guardará la opción e imprimirá un comprobante.
Actualmente el Tribunal tiene más de 7.700 personas empadronadas en el extranjero, pero se estima que esta cifra aumente, ya que hay tiempo para registrarse hasta el 02 de octubre.
Costa Rica se suma a países como Argentina, Brasil, México, Venezuela y más recientemente Honduras, que hacen el voto en el extranjero una vía para aumentar la participación electoral.
Colaboración de la periodista Daniela Bogantes Abarca.