Al carecer en estos años de un ente central estatal, que se dedicase a los registros del estado civil de las personas; los registros que llevaban los curas eran de gran importancia.
Luego de 1821, en que Costa Rica nace a la vida independiente, se dan varios intentos para el establecimiento de una oficina que se encargue de lo concerniente al estado civil de las personas. Pero no es sino hasta inicios de la década de 1880, que se dictan las leyes relacionadas con la creación del Registro del Estado Civil y el 1° de diciembre de 1888, queda establecido que el registro constará de cuatro secciones: nacimientos, matrimonios, defunciones y cartas de ciudadanía.
El 9 de diciembre de 1949 el Tribunal Supremo de Elecciones acordó que los registros Civil y Electoral se refundieran dentro de lo que se denomina hasta nuestros días como Registro Civil.
Dicha decisión, ha traído una serie de beneficios en materia de transparencia democrática, como lo afirma Diego Brenes, Asesor de la Gestión política del Tribunal Supremo de Elecciones.
INSERCION: este año es precisamente el 125 aniversario del Registro Civil, desde 1888 contamos con un registro, que lo que se hizo en el 49 fue integrarlo al tribunal supremo de elecciones y esto es de admirar, porque cuando se revisa la experiencia comparada porque somos un país donde el registro civil y el registro electoral van paralelos de manera que está muy controlado, de manera que controlamos quienes son los que van a votar y no hay injerencia del poder político de controlar quien es el que vota.
Sobre este tema continuaremos en el Panorama de mañana.
Hoy vamos a conversar sobre el Registro Civil, órgano que está incorporado al Tribunal Supremo de Elecciones.
Para hablar de este tema, debemos recordar que el registro de los hechos vitales fue, en un comienzo, función que desempeñaron independientemente las autoridades eclesiásticas; anotaban los bautizos, las defunciones y los matrimonios, pero no los nacimientos. Las primeras partidas datan del año 1594.