En los últimos años, la propiedad intelectual ha dejado de ser materia de unos cuantos expertos, para convertirse en un factor que incide, no solo en quienes gozan de legítimos derechos, sino también de los derechos de información y comunicación. Por ese motivo, la posición del Movimiento Libertario ha consistido, por un lado, en apoyar la protección de los derechos asociados a la propiedad intelectual pero, por otro, evitar que la protección de algunos de ellos limite los derechos de otros y los de los ciudadanos y consumidores.
Es así que dimos nuestro apoyo a las reformas legales sobre propiedad intelectual incluidas en el capítulo XV del TLC, por su concordancia con la legislación internacional, pero nos hemos opuesto a la premura con que se desea aprobar reformas legales internas y hemos denunciado que las actuales autoridades relacionadas con la protección de aquellos derechos, no parecen guardar el requerido justo equilibrio, como lo muestran el caso de los agroquímicos agrícolas, la lucha de la Cámara Costarricenses de Restaurantes y Afines contra ACAM y, ahora, la justa denuncia de la Cámara Nacional de Radio (CANARA), contra FONOTICA.
La música es una de las más puras expresiones de la libertad del espíritu humano y no son muchas las personas que tienen el privilegio de crear una composición original que capture esa esencia libertaria y traducirla en una armónica melodía, capaz de transmitir, a los demás, los más íntimos sentimientos, experiencias o realidades de su autor, creando una identidad compartida, gracias, fundamentalmente, a la radio.
En el caso de Costa Rica, además, desde que nuestros padres y abuelos tuvieron la sabiduría de prever su importancia para una sociedad democrática y libre, la radio se ha transformado en el medio de comunicación más pluralista. Con el tiempo, el éxito de la radio costarricense ha descansado en la diversidad y competencia. No existen unos cuantos conglomerados empresariales que la controlen, sino una enorme cantidad de pequeñas empresas radiodifusoras, con auténtica vocación de comunicadores, obligados a compartir un pequeño mercado, muchas de ellas al borde de la subsistencia.
Bajo esas premisas, la Cámara Nacional de Radio (CANARA) ha denunciado recientemente la violación de sus propios derechos de radiodifusión, en la aplicación de la normativa nacional relacionada con derechos de autor y derechos conexos. El Movimiento Libertario comparte esa posición y llama la atención sobre la posibilidad que autoridades nacionales traten de transformar legislación internacional, aceptada por todos, en políticas públicas mercantilistas en favor de unos pocos.
De acuerdo a la normativa nacional e internacional, se reconocen, por un lado, derechos al autor de una obra y, por otro, derechos conexos, a los artistas intérpretes y ejecutantes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión. Los derechos de autor son derechos que él puede transferir y negociar; entre otros, el derecho de autorizar la interpretación o ejecución de su obra a un artista; el derecho de autorizar, a los productores de fonogramas, que su obra se fije en cualquier tipo de soporte material para que se reproduzca, distribuya y venda en el comercio y el derecho de autorizar la comunicación al público de su obra a través de un organismo de radiodifusión o, también, trasladándolo a los productores de fonogramas.
Hasta el año pasado, en Costa Rica, los productores de fonogramas producían un número limitado de ejemplares a los que se les ponía la leyenda “uso autorizado exclusivamente para su radiodifusión”, enviándolos a las estaciones de radio para que se les programaran en sus transmisiones. El propósito era dar a conocer el disco, promocionarlo, junto con su autor e intérprete, para poder vender las producciones de ese mismo fonograma que hacen con fines de comercio (distribución y venta a los consumidores).
Ni ellos cobraban por ese servicio que solicitaban a la radio, ni ella les cobraba a ellos, cuando los productores de fonogramas se empezaron a acercar a CANARA informando que querían negociar el cobro de sus derechos conexos por la divulgación por la radio. Desde el inicio, las radiodifusoras les señalaron que la radio ya pagaba los derechos de autor y que, en consecuencia, no había seguridad que ellos tuviesen derecho a cobrar.
Para dilucidar la diferencia, CANARA propuso acudir a un arbitraje para que determinara si ese derecho existía y para precisar los alcances de aquel derecho que se quería hacer valer. La respuesta por parte de los productores de fonogramas fue el inmediato planteamiento de acciones judiciales contra dos radioemisoras, sobre la base de una nueva disposición del Registro Nacional de Derechos de Autor, emitida en setiembre del 2008, denominada “Detalle, aclaración y unificación de los Requisitos que deben observar las Entidades de Gestión Colectiva interesadas…”, que facilitó y transformó en mera presunción legal, en favor de los productores de fonogramas, la posesión real de los derechos de radiodifusión.
Con la nueva disposición administrativa del Registro, los productores de fonogramas pueden solicitarle a un Juez que le impida a una radioemisora programar música sin necesidad de mostrar, previamente, que, en efecto, los derechos de radiodifusión le pertenecen, sin haber planteado una demanda en su contra y autorizando medidas cautelares, como pago de multas y prohibición absoluta de radiodifusión, tal como ocurrió en marzo pasado a Columbia Stereo y Puntarenas.
Es cierto que existe normativa legal que debe ser actualizada en forma urgente y que los vacíos son importantes en materia de derechos de autor y conexos, incluyendo sobre el papel del Registro Nacional. Pero la controversia actual, que ha generado una gran inseguridad jurídica, no se resuelve por la vía penal y sancionatoria ni por la del cierre cautelar de empresas de radiodifusión.
El Poder Ejecutivo tiene en sus manos los instrumentos suficientes para encontrar un equilibrio justo y duradero, que permita a los costarricenses continuar disfrutando de ese trozo de libertad que refleja la producción musical que a diario escuchamos en la radio, sin causarnos una carga económica adicional y sin lesionar los legítimos derechos de las estaciones de radio.