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En días pasados la Sala Constitucional aclaró el alcance del fallo emitido con relación a la exploración petrolera. En una sentencia anterior, se había anulado la concesión otorgada a una empresa privada. Los motivos que llevaron a tomar tal determinación, se concentraron en un tema: la ausencia de consulta a las comunidades ubicadas en territorios indígenas, tal y como dispone el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Se trató de un asunto relacionado con los procesos de consulta de proyectos a ser desarrollados en esos territorios. Los demás argumentos expuestos por los grupos ecologistas y otras organizaciones relacionados con la protección del ambiente y la salud de las personas, no fueron en realidad relevantes para el fallo. Desde este punto de vista, aunque importante, esta decisión difícilmente puede calificarse como un triunfo para quienes se han venido oponiendo en forma sistemática a la exploración petrolera.